Resumen:
Se considera invención a toda creación humana que permita transformar la materia o la energía que existe en la naturaleza, para aprovechamiento por el hombre y satisfacer sus necesidades. Se patentarán las invenciones que sean nuevas, resultado de una actividad inventiva y con aplicación industrial. La divulgación de una invención no afectará que siga considerándose nueva cuando dentro de los 12 meses previos a la fecha de presentación de la solicitud de patente el inventor haya dado a conocer la invención por cualquier medio de comunicación.