Resumen:
La normatividad vigente en nuestro país, señala que el proceso de licitación de obras públicas termina con el fallo correspondiente. En ese momento se inicia otro proceso que culminará con la terminación de los trabajos licitados y su recepción por parte de la entidad convocante.
La relación entre las partes que están interesadas en la consecución de la obra o del servicio relacionado con la misma, se formaliza a través de un CONTRATO, el cual, por su importancia, merece un estudio detallado a través de cada una de sus declaraciones y cláusulas.