Resumen:
La Planeación de la obras no es a capricho, existe un marco jurídico que define prioridades entre ellos: La Ley General de Asentamientos Humanos, el Plan Nacional de Desarrollo y, los objetivos y metas establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación. No es posible contratar sin antes contar con un estudio o proyecto que acredite su factibilidad.