Resumen:
Los proyectos de Infraestructura productiva de largo plazo se realizarán conforme a los dispuesto por los artículos 18 de la Ley General de Deuda Pública y 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, y estarán recogidos por esta Ley únicamente en lo que se refiere a los procedimientos de contratación y ejecución de obra pública.