Resumen:
Es de orden público e interés social el cumplimiento y observancia de las disposiciones de este reglamento. Las obras de construcción, instalación, modificación, ampliación, reparación y demoliciones, así como el uso de las edificaciones y los usos destinos y reservas de los predios del territorio del D.F, se sujetarán a las disposiciones de la ley del desarrollo del D.F., de este reglamento y demás disposiciones aplicables.