Resumen:
Uno de los nichos de mercado de las empresas constructoras lo constituye la obra pública, misma que se encuentra regulada por la normatividad que emana de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos que en su artículo número 134 señala que “Los recursos económicos de que disponga el gobierno federal y el gobierno del distrito federal, así como sus respectivas administraciones públicas y paraestatales, se administrarán con eficiencia, eficacia y honradez para satisfacer los objetivos a los que esté destinados. Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestaciones de servicio de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes”
Por otra parte el diccionario define la licitación como una venta en subasta, licitador la persona que licita y licitar el acto de ofrecer precio por una cosa en subasta.
Lo anterior nos indica que los contratistas pueden involucrarse en procesos de licitación en los cuales evidentemente, todos los participantes están interesados en ganar el contrato de obra o de servicio correspondiente.
Por ello, es importante preparar con todo cuidado el concurso en su totalidad para estar en posibilidad de competir con los demás, ya que un error u omisión lleva a una descalificación que además de impedir la posible consecución de la obra concursada, significa la erogación de costos imposibles de recuperar.