Resumen:
Cuando el trabajador presente una incapacidad parcial permanente, ocasionada por un riesgo profesional, se le otorgará un porcentaje de indemnización equivalente al porcentaje que presente la incapacidad, tomando como base el 100 % a 1,095 días de salario, que serán otorgados íntegros en caso de incapacidad total permanente.