Resumen:
La evaluación del Impacto Ambiental, se encuentra normada por la Ley General del Equilibrio y la Protección al Ambiente y por su Reglamento en materia de Impacto Ambiental. En estos ordenamientos jurídicos, se establece como obligación la elaboración y presentación de Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), para los interesados en realizar proyectos de obra o de actividades explícitamente. En el caso de obras o de actividades consideras altamente riesgosas la MIA deberá acompañarse de un estudio de riesgo.